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Circular nº 19

Publicado: 02/03/2022
Categoría: Fiscal

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de esta circulara:

Campaña IRPF: obligados tributarios, novedades y calendario

La campaña para presentar la declaración de la renta empieza
el 6 de abril y finaliza el 30 de junio.

¿Quién está obligado a presentar la declaración de la renta?

1. Los que obtengan rendimientos íntegros del trabajo, cuyo importe supere:

 

  • 22.000€ anuales: Dicha cantidad es aplicable a pensiones de jubilación, prestaciones por desempleo, situaciones de ERTE, pensiones compensatorias o bajas médicas.

 

  • 14.000€ anuales: Si se cuenta con dos o más pagadores si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros anuales.

 

2. Los trabajadores autónomos.

 

3. Los que obtengan rendimientos íntegros del capital mobiliario, (dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, etc.) y ganancias patrimoniales (ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en Fondos de Inversión, premios por la participación en concursos o juegos, etc.), siempre que hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta y su cuantía global supere la cantidad de 1.600 euros anuales.

 

4. Las rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, superiores a 1.000 euros anuales.

Aquellos con un patrimonio de más de 10 millones verán como su tipo impositivo se eleva al 3,5%.

 

Se reducen las desgravaciones de los planes de pensiones privados individuales a 2.000 euros como máxima aportación.

 

Las criptomonedas deben incluirse en la declaración de la renta.

 

Deducciones por obras destinadas a mejorar la eficiencia energética de la vivienda.

¿Cuáles son los requisitos para la inclusión?

  • 6 de abril: Inicio del plazo para presentar por de internet.

 

  • 5 de mayo: Inicio del plazo para presentar por teléfono.

 

  • 1 de junio: Inicio del plazo para presentar la declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria.

 

  • 27 de junio: Último día para presentar las declaraciones con resultado a ingresas por domiciliación bancaria.

 

  • 30 de junio: Último día campaña de la renta.

Principales novedades.

Se aumenta en dos puntos el tipo estatal que grava las rentas del trabajo de más de 300.000 euros, hasta el 47%, y tres puntos para las rentas de capital de más de 200.000 euros, hasta el 26%.

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